El Consejo de Ministros de España actualizó en diciembre la normativa que regula la cerveza y que hasta ahora dependía de un Real Decreto de 1995 y de una orden de 1985.

La publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado) que recoge la nueva norma de calidad de la cerveza y de las bebidas de malta aprueba “los métodos oficiales de análisis de cerveza” pero también regula aspectos como las materias primas, los métodos de fabricación y los diferentes tipos de productos.

De esta manera, la nueva regulación distingue entre:

Bebida de malta

Definida como “bebida no fermentada obtenida a partir de malta, sola o mezclada con otros productos amiláceos, sometida a un proceso de cocción, con o sin lúpulo o sus derivados”. En esta categoría, la malta supone al menos el 50% del total de productos utilizados y el contenido alcohólico debe ser inferior al 1%.

Cerveza

Documento publicado en el BOE la define como un “alimento resultante de la fermentación, mediante levaduras seleccionadas, de un mosto cervecero elaborado a partir de materias primas naturales”.

A su vez, dentro de la cerveza existen los siguientes tipos según sus características:

Cereales

Cuando la malta de cebada sea inferior al 50% respecto al total. En este caso, se denominará como “cerveza de” seguida por el cereal que tenga mayor contenido en peso.

Cerveza extra

“Cerveza con un extracto seco primitivo superior o igual al 15 por 100 en masa”. El extracto seco primitivo (ESP) es “el conjunto de ingredientes orgánicos que componen el mosto antes de la fermentación, con excepción del agua”, según explica en su web Cerveceros de España. Este parámetro se mide en gramos de ESP por cada 100 gramos de mosto.

Cervezas especiales

Se refiere a la cerveza con un ESP entre 13 y 15 por 100 en masa.

Cerveza negra

Aquella que supera las 50 unidades de color según los criterios establecidos por la European Brewery Convention (EBC).

Cerveza baja en alcohol

Cerveza cuya graduación alcohólica se sitúa entre el 1% y el 3%.

Cerveza sin alcohol

Cerveza cuya graduación alcohólica está por debajo del 1%.

Nuevas Categorías

Además de la bebida de malta y la cerveza, la normativa que entró en vigor en diciembre considera otras dos categorías:

Clara

Esta denominación se refiere a la “mezcla de cualquier tipo de cerveza con gaseosa, o con bebida refrescante aromatizada o bebida refrescante de zumos de frutas con carácter organoléptico exclusivamente de cítricos, en la que el porcentaje de cerveza sea superior al 50 por 100 o su graduación alcohólica sea superior a 0,5 por 100 en volumen”.

Fabricación artesana

El BOE deja bien claro que la elaboración debe ser “conforme a lo establecido en la presente norma de calidad”. El proceso debe desarrollarse “de forma completa en la misma instalación” y la “intervención personal” es el “factor predominante” para considerar una cerveza como artesana, en oposición a la cerveza industrial. Asimismo, exige que el proceso esté “bajo la dirección de un maestro cervecero o artesano con experiencia demostrable”, prime “el factor humano sobre el mecánico” y esté sometido a “la legislación que le sea aplicable en materia de artesanía”. Además, se trata de un producto con un “resultado final individualizado, que no se produzca en grandes series”.

 

adictaallupulo.wordpress.com

 

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